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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 88 bis Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/06/2026

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Morelos
Artículo 88 bis.

Las comisiones ejecutivas permanentes y temporales, por conducto de su Presidente cuentan para el cumplimiento de sus funciones con las siguientes atribuciones genéricas:

I. Elaborar su propuesta de programa anual de actividades para que sea incluido en el Programa Operativo Anual del Instituto Morelense;

II. Supervisar, vigilar y coadyuvar con las Unidades Administrativas respectivas del Instituto Morelense en el cumplimiento de sus atribuciones;

III. Realizar informes y dictámenes relacionados con el ámbito de su competencia;

IV. Formular observaciones y directrices a las unidades administrativas del Instituto Morelense;

V. Solicitar la información necesaria a las Unidades Administrativas del Instituto Morelense, las cuales deberán remitir la información dentro del término para el cual fueran requeridas;

VI. Solicitar la información necesaria a las demás comisiones ejecutivas del Instituto Morelense;

VII. Solicitar información a autoridades diversas al Instituto Morelense;

VIII. Presentar al Consejo Estatal, las propuestas de reforma a la normatividad interna del Instituto Morelense que le competa;

IX. Presentar al Consejo Estatal un informe anual de actividades de la comisión, y presentar informes parciales cuando el Consejo Estatal así lo requiera;

X. Conocer los informes que deberán ser presentados por los Titulares de las áreas administrativas en los asuntos de su competencia, conforme al calendario que anualmente apruebe la comisión; 

XI. Representar electoralmente a la Comisión para dar a conocer las actividades que desempeñan;

XII. Ejecutar y suscribir todas aquellas acciones de carácter operativo, presupuestal y administrativas para el buen desempeño de las atribuciones de la Comisión, y

XIII. Las demás que deriven de este Código, de las disposiciones  reglamentarias, de los acuerdos del Consejo Estatal y de las demás disposiciones aplicables, que les resulten compatibles conforme a sus objetivos, para su mejor desarrollo, atendiendo a la naturaleza de su función.



Estado de Morelos Artículo 88 bis Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 1 ...87 88 88 bis 88 ter 89 ...403

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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